Contrato de Servicios
Vello Chau
Mediante el presente contrato resultante de un común acuerdo entre _________________________
y nuestra firma – VELLO CHAU – ……………………………………………………………………………..
Resuelven los siguientes términos a respetar para garantizar una correcta prestación del servicio en
las condiciones óptimas proporcionadas por las dos partes intervinientes …………………………………….
El siguiente manifiesto regulará de manera imparcial la relación comercial entre los suscriptores
mediante las próximas cláusulas a considerar…………………………………………………………………
ARTÍCULO 1: <Garantía de condiciones> La parte prestadora se compromete a cumplimentar con
todas las condiciones necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de sus bienes y servicios
a comercializar como ser el uso de la tecnología prometida en la publicidad o estrategia de venta
empleada para el ofrecimiento del producto, así mismo de emplear materiales e insumos de primera
línea que se encuentren disponibles en el mercado local, la renovación de cualquier instrumento
utilizado para dicha prestación cuya vida útil haya caducado, capacitar a todo su personal
interviniente en el segmento de atención directa al cliente ya sea para adquirir conocimientos
primarios de la actividad y sus posteriores actualizaciones según el mercado lo requiera. …………….
ARTÍCULO 2: <Disponibilidad y cumplimiento de turnos > Vello chau como dador del servicio se
compromete a ofrecer variables de días y franjas horarias para permitir y facilitar la asistencia al turno
mensual del contratante con un piso de 6 turnos disponibles a ser tomados en el caso que la
complejidad horaria del paciente lo requiera repartidos en como mínimo, tres días donde las opciones
deben contemplar al menos una disponibilidad matutina y otra
vespertina………………………………………………………………………………………………………….
Asimismo la parte contratante se compromete a la asistencia del turno consensuado y la no
cancelación del mismo 24 hs previas a su formalización tomando como máxima excepción una
reprogramación mensual con 24 hs de antelación al mismo y 2 reprogramaciones fuera de este
término estipulado en la totalidad del tratamiento.El incumplimiento de esta pauta puede afectar la
congelación del importe de la sesión en el caso que este ya se haya sido estipulado por mutuo
acuerdo en una cláusula extraordinaria………………………………………………………………………..
ARTÍCULO 3: < Valores estipulados > Las partes competentes adecuan un precio y su posible
variación en el caso que se estipule de forma libre y consensuada según la modalidad de
contratación definida permitiendo al proveedor modificar los valores si lo considera necesario para
mantener la calidad y eficiencia del tratamiento y libera al contratante a prescindir del servicio sin
motivo necesario alguno ni preaviso acordado. Tales variaciones se prohíben realizar en una
modalidad de precio congelado especificado en una cláusula extraordinaria o la especificación de la
misma mediante mensajería instantánea <whatsapp>, en los casos donde los valores del tratamiento
queden expuestos a confusión de interpretación estos no serán válidos y se regirán por los precios y
promociones vigentes del mes en curso en pre publicados en nuestra página oficial < lista de precios
oficial >……………………………………………………………………………………………………………………………………
ARTÍCULO 4: < Efectividad y resultados > El prestador se compromete a brindar el producto
acordado garantizando la eficiencia real del tratamiento basado en la calidad del servicio y su
correcto funcionamiento y queda exceptuado de cualquier disconformidad en las expectativas del
contratante tomando como pauta la variable de resultados entre un paciente y otro dependiendo de
factores personales técnicos como ser la respuesta de cada folículo particular sometido al mismo
proceso. Asimismo el contratante se compromete a tomar y asistir a la sesión en los plazos
estipulados y recomendados para la optimización del tratamiento <entre 25 y 45 días entre una
sesión y su consiguiente >………………………………………………………………………………………………………..
ARTÍCULO 5: < Pre y post sesion, condiciones y cuidados > La parte contratada está obligada a
capacitar y concientizar al paciente de los riesgos, cuidados y tips para favorecer la correcta
ejecución del tratamiento y disminuir al máximo efectos secundarios que pudieran ser provocados.
Asimismo se toma en carácter de declaración jurada lo manifestado por el paciente sobre sus
afecciones preexistentes y el verdadero cumplimiento de las pautas marcadas por la profesional
tratante < técnica>…………………………………………………………………………………………………………………..
ARTÍCULO 6: < Consenso entre partes > Cualquier modificación de toda índole que quede
explícitamente consensuada por escrito de forma legible y clara en una conversación entre las partes
mediante cualquiera de los medios oficiales y validos < whatsapp – facebook – instagram – pagina web
> será considerada fehaciente y representa nulidad absoluta a cualquier acuerdo o cláusula pasada
mientras se pueda verificar la posterioridad de la misma dejando excluido cualquier acuerdo verbal
que no deje registro probatorio como ser charlas informales y llamadas
telefónicas………………………………………………………………………………………………………….
ARTÍCULO 7: < Puntualidad, compromiso, y responsabilidad de las partes > Para garantizar el
respeto y el valor al tiempo mal invertido por perjuicio de la otra parte ambos firmantes acuerdan
limitar a través de penalidades en el caso que la situación lo requiera las diferencias horarias que
traigan consecuencias sustanciales. Por ello, la tolerancia aceptable de demora < sin reincidencia
crónica > al horario de su turno sin apercibimiento alguno es de 10 minutos posterior al pactado.
Pasado dicho margen en el caso que la parte afectada lo considere podrá reclamar la penalidad
expuesta en este punto…………………………………………………………………………………………………………
Demora provocada por el proveedor del servicio – compensación < descuento variable en el valor de
la sesión dependiendo del perjuicio ocasionado > este debe ser de índole
razonable…………………………………………………………………………………………………………..
Demora provocada por el cliente – compensación < puede llegar a la reprogramación del turno
>…………………………………………………………………………………………………………………………………………….
Este punto es considerado de última instancia y se apela a la buena predisposición de las dos partes
para solo ser tenido en cuenta en casos extremos o insalvables. ………………………………………….
ARTICULO 8: <Clausulas especiales> Completar en caso que corresponda.
________________________________________________________________